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CLUB MOYABACA

BENEFICIOS EXCLUSIVOS

Club Moyabaca

SOMOS MÁS QUE LLANTAS Y AHORA CUIDAMOS TU CAMINO

SERVICIO DE ASISTENCIA 24/7

Durante los próximos doce meses cuentas con las siguientes coberturas:

1. Remolque o transporte del vehículo

2. Remolque a mecánica

3. Auxilio mecánico:

– Cambio de neumático – Combustible S.O.S.
– Apertura de puertas
– Carga de batería

4. Guía, diagnóstico y rescate in situ
5. Asistencia legal telefónica por accidente de tránsito

6. Asistencia legal por pérdida total de puntos

7. Asistencia legal telefónica en multas de tránsito.

8. Conductor designado para urgencias o evento social

9. Puerta a puerta Plus ***

10. Asistente de matriculación ***

VERSION TRIMESTRAL- Recíblea gratuitamente por tus compras mayores a $50

Asistencia trimestral de tu auto

VERSION ANUAL- Amplía tu cobertura por 12 meses y aumenta tus beneficios

Asistencia manual de tu auto

INSTRUCTIVO DE BENEFICIOS

El servicio de Asistencia del CLUB MOYABACA será prestado por Ecuasistencia Compañía de Asistencia del Ecuador S.A. y estará disponible las 24 horas al día, los 365 días del año. Por medio de una llamada telefónica el beneficiario podrá solicitar el servicio, basándose en el alcance y limitaciones establecidas en el presente documento.

Los servicios aquí detallados son de uso específico del beneficiario y no podrán ser transferidos a un tercero.

DEFINICIONES

• Beneficiario o cliente. Persona a quien se le ha otorgado los beneficios del CLUB MOYABACA, como tal a quien corresponda, en su caso, los derechos derivados del presente documento.

• Vehículo asistido. Se entiende por tal, el vehículo de propiedad del beneficiario, registrado en MOYABACA.
• Avería. Todo daño, rotura, y/o deterioro, que impida la circulación autónoma del vehículo asistido.

• Accidente. Todo acontecimiento que provoque daños materiales al vehículo asistido, ocurrido única y directamente por una causa externa, violenta, fortuita y evidente, que

imposibilite la movilización del vehículo asistido.

• Evento. Acontecimiento o suceso que cree necesidad de un servicio.

• Prestador del servicio. Persona que se obliga a proporcionar los servicios descritos;

para efecto del presente servicio, le corresponde a ECUASISTENCIA, directamente o a través de los proveedores.

• Urgencia. Cuando se precise atención médica inmediata e imposibilite al conductor del vehículo seguir conduciendo el mismo.

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